Para fijar los valores finales se estudiarían canales y segmentos de comercialización, según el Dane.
El cálculo real de cuánto aumentan los precios de los licores en Colombia se alista para tener un revolcón normativo, empezando por los aspectos que se tomarán en consideración para llegar a las cifras finales de ventas al público.
Esto se desprende de la ley de licores –aprobada en el Congreso en el 2016–, que le dio al Dane la tarea de expedir una “metodología específica y única, a través de la cual se certificará anualmente el precio de venta al público de cada uno de los productos específicos sujetos al impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares”, con el fin de fijar la base gravable correspondiente de cada uno de estos productos.
De hecho, hace unos días, el director del Dane, Juan Daniel Oviedo, explicó que “en el proceso de empalme recibimos unos documentos internos, en los cuales no hay expresión del Dane alrededor de esta responsabilidad legal suya”.
Así pues, la entidad estadística reveló ayer el borrador de resolución de esta metodología, que incluiría diversas variables para determinar los precios de los licores en el país, esto sin sumarles los impuestos al consumo y a la participación, que se les agrega al costo final al público.
REGLAS CLARAS
La primera tiene que ver con establecer todos los canales y segmentos por los que se comercializan estos productos, proceso que se hará de dos formas: una, presencial, que se hará en supermercados y tiendas de barrio, cigarrerías, establecimientos especializados en la venta de bebidas alcohólicas y en bares. La otra estará a cargo de los hoteles, restaurantes y almacenes, supermercados de cadena, tiendas por departamento e hipermercados, que tendrán que reportar dichos datos al Dane, a través de un formulario electrónico.
Una vez determinados, se recolectarán los precios de venta al público de las bebidas alcohólicas en cada departamento, ya que este negocio tiene diferentes precios y distribuciones en los diferentes territorios, por cuestiones de autonomía de las entidades regionales. Si se da el caso de que una bebida de estas no tiene una cotización en ninguno de los segmentos y departamentos, dice el proyecto de norma, “el Dane realizará un ejercicio de imputación considerando el conjunto de atributos (…) junto con el canal de comercialización”.
Es decir, se tomarán en cuenta aspectos como clasificación del producto, marca, grados de alcohol, presentación, país de origen y años de añejamiento. En el caso particular de los vinos también se tomarían en cuenta la cepa, variedad y categoría.
Una vez se tenga, se calcularán los precios finales ponderando estas variables y tomando en cuenta la información de la Encuesta Nacional de Presupuesto de los Hogares, que, según el Dane, “permite identificar los lugares de compra de las bebidas alcohólicas por parte de los hogares en las 31 ciudades capitales, agregando bares, restaurantes y hoteles en una categoría para tener finalmente cuatro ponderadores”.
De este modo, antes del primero de enero de cada año, se fijará por decreto el precio de venta al público sin impuestos de los licores que se venden en el país, para cada uno de los 31 departamentos y por cada unidad de 750 centímetros cúbicos (cc).
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