Por medio del Decreto 1168 del 25 de agosto, el Gobierno colombiano autorizó la venta de bebidas alcohólicas en los programas piloto de apertura de bares y restaurantes. Para su autorización, cada alcalde debe elevar una solicitud al Ministerio del Interior, previo concepto favorable del Ministerio de Salud.
El 26 de agosto, Bogotá emitió el Decreto 193 donde autorizó la apertura al público de locales gastronómicos los días jueves a domingo en el horario de 05:00 a.m. a 11:59 p.m.. Además, la alcaldía autorizó el expendio de bebidas embriagantes en locales gastronómicos en los horarios mencionados cuando se realice como complemento a platos servidos a la mesa.
DECRETO-1168-DEL-25-DE-AGOSTO-DE-2020